PNGO y PHROC: La designación de 6 Organizaciones Palestinas líderes como “Organizaciones Terroristas”, por parte del Ministro Israelí, es un intento para silenciar y controlar al Pueblo Palestino

El Ministro de “Defensa”, Benny Gantz, declaró el 19 de octubre de 2021 a seis Organizaciones líderes de la Sociedad Civil palestina (OSC) como “organizaciones terroristas”, en un ataque encubierto y sin precedentes hacia los defensores de los derechos humanos y de las organizaciones de la Sociedad Civil palestina. Esta decisión significa la aplicación efectiva de dichas organizaciones como ilegales, además de ponerlas en riesgo de cualquier represalia inminente. Las seis organizaciones que dicha designación incluye son: (1) Addameer Prisoner Support and Human Rights Association, (2) Al-Haq Law in the Service of Man (Al-Haq), (3) Bisan Center for Research and Development, (4) Defense for Children International-Palestine (DCI-P), (5) the Union of Agricultural Work Committees (UAWC), y (6) the Union of Palestinian Women’s Committees (UPWC).

Esta designación arbitraria, con foco en las seis OSC, defensoras destacadas de los derechos humanos del Pueblo Palestino en los Territorios Ocupados (TPO), dificulta las tareas de documentación y supervisión de las violaciones de los derechos básicos, la demanda de justicia por los crímenes de guerra y contra de la humanidad perpetrados por Israel y la necesaria defensa  e incidencia legal para poner punto final a la ocupación israelí y a su régimen colonial de apartheid. Esta consideración representa un intento amenazador y sin precedentes de las autoridades de la ocupación israelí para silenciar y criminalizar a las OSC palestina. Estas entidades cuestionan la prolongación de la ocupación militar, como sistema colonial y de apartheid en Palestina.

En especial, la aplicación intencionada e infundada de la legislación "anti-terrorista" tiene como objetivo criminalizar a seis organizaciones, en el marco de la ley nacional de Israel. Esta situación se ha creado, desde hace años, a partir de las campañas y los ataques constantes y sistemáticos contra las OSC palestinas. La intencionalidad es clara: obstaculizar su tarea de documentación y cooperación mediante la ONU y los diferentes mecanismos internacionales de defensa de los derechos humanos. El 19 de agosto de 2021, el Rapporteur Especial de la ONU acerca de la situación de los defensores de los derechos humanos, Mary Lawlor, formuló una declaración para destacar y abordar el gran número de casos de detenciones arbitrarias, de acoso, criminalización y amenazas en contra de los defensores de los derechos humanos en los Territorios Palestinos Ocupados.

Todas estas designaciones reflejan y evidencian los intentos Israelíes – por décadas- de controlar a la población Palestina para silenciar y romper las OSC Palestinas que trabajan de manera independiente. En particular, dichas consideraciones representan una aplicación atroz e ilegal de la ley nacional Israelí en los Territorios Palestinos Ocupados; y significan además una violación del Artículo 43 del Reglamento de La Haya (1907) y del derecho consagrado, internacional e inalienable de los pueblos a la autodeterminación. 

Señalando la gravedad de la situación actual y el riesgo inminente en que se encuentran los actores humanitarios y los defensores de los derechos del Pueblo Palestino, el PNGO y el PHROC hacen un llamamiento urgente a la Comunidad Internacional (que incluye países terceros, organizaciones de la sociedad civil, defensores de los derechos humanos, las Naciones Unidas y personas a título particular), a pasar a la acción mediante las iniciativas siguientes:

  1. Exigir a Israel la revocación de la designación como “Organizaciones Terroristas” de las seis OSC, líderes del Pueblo Palestino;
  2. Instar al Ministro de Defensa y Justicia Israelí, y a otros interlocutores relevantes, a cesar en el empleo de prácticas y políticas ilegales de intimidación y acoso, que incluyen la criminalización arbitraria y la represión de las OSC palestinas. Hechos que conllevan una vulneración de las Convenciones Fundamentales del Derecho Internacional;
  3. Emitir una declaración pública de no reconocimiento con relación a las designaciones impuestas, ya que estas significan un acto ilegal de apartheid que comprende medidas legislativas pensadas. Este acto ilícito significa una violación del derecho a la libertad de opinión y expresión como del derecho a la libertad de asociación y reunión pacífica;
  4. Condenar dichas designaciones como aplicación ilegal de la ley nacional Israelí dentro de los Territorios Ocupados;
  5. Hacer un llamamiento a la Comunidad Internacional (que incluye donantes, seguidores, y actores de los derechos humanos en todo el mundo) a condenar dichas designaciones arbitrarias y tácticas de intimidación, para reiterar públicamente su apoyo a las Organizaciones de la Sociedad Civil Palestina.

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